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La Justicia civil de La Plata dictaminó
a favor del grupo de jóvenes adictos a reincorporarse
nuevamente a la obra social Instituto Obra Médico Asistencial
(IOMA), y recibir el tratamiento de rehabilitación
de adicciones solventado por dicha institución.
El problema se inició cuando la obra social IOMA dio
de baja a 7 jóvenes adictos a diferentes sustancias,
con lo cual el resultado obtenido fue, no sólo que
estas personas no contaran con el tratamiento de rehabilitación
necesario para poder dejar de drogarse, sino que se quedaron
desprovistos de una cobertura médica básica
e indispensable.
De esta manera, los padres de estos jóvenes con problemas
de adicción a las drogas, se nuclearon en la ONG Nueva
Esperanza, asociación que ante este hecho, que podría
ser caratulado como discriminación, presentó
un recurso de amparo ante la justicia de la Plata, reclamando
la reincorporación de los jóvenes a la obra
social y la cobertura económica del tratamiento de
rehabilitación de adicciones.
El argumento brindado por IOMA acerca de la baja de los jóvenes
adictos, fue que estos chicos no habían señalado
el problema de adicción que padecían, a la hora
de la entrevista de admisión a la obra social, es decir,
que los dejó sin cobertura médica por considerar
que no informaron, como debieron hacerlo, de su adicción
en la ficha de afiliación.
Una característica distintiva de una persona adicta
a las drogas, es su falta de conciencia o mejor dicho, de
reconocimiento de su problema de adicción, frente a
sí mismo y hacia los demás. En la mayoría
de los casos son llevados a los centros de rehabilitación
por sus familiares o por orden judicial. Resulta un poco ingenuo
por parte de la obra social IOMA esperar a que un individuo
con un trastorno de adicción de sustancias les confirme
en la primer entrevista de filiación que es adicto
a las drogas y por ese motivo, darle de baja a 7 personas
por padecer problemas de adicción, trastorno psicopatológico
reconocido y sumamente estudiado a nivel mundial.
No innovar fue la medida impuesta por el magistrado
a cargo del juzgado, Héctor Lacomini, a la obra social
IOMA, ya que se trata de un derecho personalísimo
como es la protección de la salud y por ende la integridad
personal, dice en el fallo.
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