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09/04/08 NACIONAL
En la sociedad actual existen personas que dicen esta frase de forma literal. Son los esclavos del siglo XXI, y la paga recibida por su trabajo es esa posibilidad efímera de vivir el hoy, aunque más no sea en condiciones de explotación laboral, entre muchos tipos de explotación que los vigila de cerca.
Por: Daiana Magalí Martínez

El problema pareciera evadirse de lo contemplado en las leyes argentinas. La compra y venta de personas constituye la actual esclavitud argentina. Entran en consideración la concepción que se tenga sobre derechos humanos, condiciones laborales, explotación laboral a distintos grados. Aunque el tema es muy amplio, aquí se evaluará la esclavitud que se propicia en los talleres clandestinos argentinos.

A partir de 1994 sólo se prohibía la esclavitud, es decir, las personas no pueden sufrir abusos con fines de explotación, sea sexual o laboral. En la actualidad se empieza a mencionar, el problema de la trata de personas. Si se desea recordar la novela "Vidas robadas", es el momento. Esa novela dejo en claro, quizás muy duramente, un problema que crece hace mucho tiempo en el país.

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La esclavitud en Argentina parece tener mirada de inmigrante, en la mayoría de los casos percibidos por la justicia, los sometidos a condiciones indignas de trabajo son personas de nacionalidad boliviana y paraguayos en condición ilegal. Estos trabajadores son traídos muchas veces engañados con el seguro de que contarán con el dinero necesario para comer y alimentar a sus familias.

El sometimiento a la servidumbre es un delito tipificado en el Código Penal en el artículo 140. El mismo estipula que "serán reprimidos con reclusión o prisión de tres a quince años, el que redujere a una persona a servidumbre o a otra condición análoga y el que la recibiere en tal condición para mantenerla en ella".

Y la trata de personas... En el pacto conocido como San José de Costa Rica, con jerarquía constitucional a partir de la reforma de 1994, estipula en su artículo 6° la prohibición de la esclavitud, la servidumbre, la trata de esclavos y la trata de blancas. Y en el artículo 15 de la Constitución Nacional se confirma que no hay esclavos en Argentina y considera un crimen a quien cometiera actos de sometimiento. La culpabilidad recae en forma bilateral para quienes hagan un contrato de compra y venta de personas.

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La explotación es un térmico amplio que incluye el sometimiento sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud, la servidumbre y hasta la extracción de órganos. Las penas para ello varían según la condición de la víctima (si es menor de 18 años) o la del "empleador" (si es habitual que se dedique a la explotación laboral).

Si bien los preciosos recursos escasean y hay que maximizar su utilización cabe preguntarse de qué forma se emprende esta máxima actualmente. Los trabajadores esclavos - y no existe otra forma de llamarlos - son encontrados indocumentados en casos como el ocurrido hace días en un operativo policial donde se allanó un taller textil clandestino que funcionaba en la localidad de Haedo, partido de Morón. Allí vivían (pasaban todo su tiempo, incluso el de jornada laboral) 15 ciudadanos bolivianos sin documentos.

En el 2006 se llegó a desbaratar toda una trama de explotación de mano de obra esclava, a partir de la clausura de más de 500 centros clandestinos en la zona de Caballito, que no contaba con las normas básicas de seguridad e higiene, y la presencia de "trabajo en negro". Unos 30.000 trabajadores quedaron en la calle. Estos trabajadores, además de ser dejados a la deriva del desempleo, soportaron la violencia psicológica de ser concientes del sometimiento.

Al respecto, las actitudes del gobierno se orientan a intensificar las condenas a quienes explotan a otras personas. En el 2001 se intentó considerar en el artículo 140 bis al Código Penal, objetando que tienen que ser apresados quienes "captare, transportare, trasladare, acogiere y recepcionare personas, recurriendo al engaño, a la amenaza, al uso de la fuerza, u otras formas de coacción, con fines de explotación, tráfico o celebración de contratos de compraventa de personas". Iniciativas que toca rever, también, al gobierno porteño.

Es que el problema no termina ahí, los inspectores del gobierno para controlar el trabajo en negro y en condiciones de hacinamiento y precariedad, en general, se ven superados por las circunstancias. El titular de la Unión de Trabajadores Costureros (UTC), Gustavo Vera, afirmó que en todo el partido de La Matanza había tan sólo tres inspectores hasta hace algunos meses, según publicó www.comunidadboliviana.com.ar en marzo de este año.

Sin embargo, los inmigrantes en condiciones indignas de trabajo recapitulan sus temporadas como desocupados y las que subsistieron como trabajadores clandestinos, más allá de la trata de personas que se agudiza en el caso de mujeres y niños, y concluyen que no obtuvieron un solo trabajo digno.-

 

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