Un proyecto de
ley que propone nuevas medidas de seguridad para combatir la
violencia en el fútbol, incluye la definición
legal de los barras de un club quienes deberán estar
inscriptos en un registro elaborado por su institución
El conjunto de personas debidamente registradas e identificadas
como tales en el padrón oficial de un determinado club
de fútbol profesional, en calidad de socios o simpatizantes,
los que previa exhibición de la credencial, se congregan
en un
determinado sector de un recinto deportivo, con el fin de alentar
al equipo de su club que participa en el espectáculo,
define al barra la iniciativa.
La medida forma parte de una serie de reformas a ley 19.327
sobre violencia en los estadios. El proyecto ya fue aprobado
por la Cámara de Diputados pero por algunas indicaciones
recibidas volverá a ser analizado por la Comisión
Especial
de Seguridad Ciudadana y Drogas.
Los clubes de fútbol serán los encargados de
elaborar un padrón oficial con los nombres de sus barras
que deberán actualizarlo por lo menos una vez al año
y ponerlo a disposición de las Intendencias Regionales.
Quienes no cumplan serán pasibles de sanciones económicas.
La iniciativa propone otras reformas. Entre ellas, que se
instalen en los estadios cámaras de videos y detectores
de metales. También se pretende que las habilitaciones
de las canchas duren un año; la ley actual no fija
ningún plazo.
Por otra parte, el proyecto establece que las intendencias
podrán pedirles a los clubes una garantía económica
que se depositará antes de los partidos para que cubra
eventuales daños materiales contra bienes públicos.
También serán multados económicamente
quienes revendan entradas.
También hay medidas que se proponen alcanzan al accionar
de la Justicia. Una reforma apunta a que en los casos que
hubo condena, si un juez de garantía permite salidas
alternativas o suspende condicionales del procedimiento, se
le debe imponer a la persona beneficiada la prohibición
de asistir a los estadios de fútbol durante el tiempo
que dure la condena.-
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