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11/10/07: NACIONAL.
San Juan de los Palotes.
En San Juan el gobernador José Luis Gioja envió al parlamento provincial una legislación que castiga a quienes decidan protestar contra cualquier medida oficial.
Fuente: Agencia Walsh.-

Política represiva del giogismo”, publicó el sitio de Internet sanjuanino Diariolibre.info acerca de una legislación enviada al parlamento provincial por el gobernador kirchnerista José Luis Gioja, y que castiga a quienes decidan oponerse y protestar contra cualquier medida oficial, entre ellas los emprendimientos mineros contaminantes como Pascua Lama y Veladero.

Una ley provincial instaura una especie de rudimentario estado de sitio en San Juan. Con el apoyo unánime de la Legislatura, el gobierno logró hacer sancionar una legislación para castigar la libertad de expresión. Se trata de la ley 7.819, cuyo artículo 113 castiga con arresto o multa en los siguientes casos:

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“Será sancionado, conjunta o alternativamente, con pena de multa de cien (100) a trescientos (300), instrucciones especiales, trabajos de utilidad pública, clausura y/o arresto de hasta treinta (30) días:

1º) El que anunciando desastres, infortunios, o peligros inexistentes provoque alarma en lugar público, de modo que pueda llevar intranquilidad o temor a la población.

2º) El que con música, ruidos o gritos, vibraciones o abusando de instrumentos sonoros o ejerciendo un oficio, industria o comercio ruidoso, de modo contrario a la legislación vigente, provoque ruidos que por su volumen, reiteración o persistencia, excedan la normal tolerancia, perturbando el descanso, la convivencia, la actividad laboral o la
tranquilidad de las personas.

3º) El que organice desfiles, manifestaciones o reuniones públicas multitudinarias al aire libre o en local cerrado, sin dar aviso a la autoridad policial para que implemente las medidas de seguridad que el caso requiera.

5º) El que en una reunión pública de carácter político, religioso, social o de otra índole, moleste o cause desorden con demostraciones hostiles o provocativas o arroje líquido u objetos.

6º) El que realice reuniones tumultuosas en perjuicio de la tranquilidad de la población o en ofensa de persona determinada.

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