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"Resulta
inexplicable la existencia de ciudadanos que quieren enajenar
nuestros depósitos de petróleo acordando concesiones
de exploración y explotación al capital extranjero
(...) en lugar de reservar en absoluto tales beneficios para
acrecentar el bienestar moral y material del pueblo argentino.
Porque entregar nuestro petróleo es como entregar nuestra
bandera". Lo dijo el Gral. Enrique Mosconi, primer director
de YPF en 1922.
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| Kirchner
y Brufau (Director de Repsol) luego de la nacionalización
decretada en Bolivia. |
Hace
tiempo en este medio venimos siguiendo la causa penal 8568/99
"YPF S/ DELITOS DE ACCIÓN PÚBLICA",
gracias a la tarea informativa que realizan los mismos damnificados
-los ex trabajadores de YPF- y algunos medios de comunicación
alternativos. En momentos en que Repsol-YPF está preparando
la venta de parte de sus acciones, el juez a cargo de la causa,
el Dr. Bonadío, que
tiene
pedidos de declarar una medida de no-innovar se toma vacaciones
por dos meses -según este medio pudo confirmar en el
juzgado-, eliminando quizás la posibilidad de impedir
que la empresa realice la operación.
Cabe
recordar que como publicáramos oportunamente, el Dr.
Claudio Bonadío fue quien evitó a fines de 2005
la prescripción de la causa mediante el llamado
a indagatorias a más de treinta directivos de Repsol
(entre ellos Alfonso Cortina) y funcionarios como Alessandra
Minnicelli (esposa de Julio De Vido y titular de la SIGEN)
(ver www.4semanas.com.ar/causaypf.htm)
quien se presentó a declarar al contrario de Cortina,
Hernández Gil, y Roff, que faltaron a sus citas. Es
por esto que resulta sospechoso en momentos en que Repsol
pretende vender acciones por las cuales está siendo
investigado en su adquisición, que el Juez (que
debe subrayarse; prácticamente "salvo" a
la causa de la prescripción) ahora se ausente por
2 meses, cuando los medios masivos anuncian la salida de la
acciones a la venta para junio.
La
causa
En el informe de 4 SEMANAS del año pasado (ver
la nota publicada en: www.4semanas.com.ar/privatizadas2.htm),
conocimos José Tonón, del Foro Ypefiano y ex-trabajador
de la ex empresa estatal, que nos sintetizó la raíz
de esta causa:
"El
fundamento de la causa penal se basa en la Ley de Reforma
del Estado Nº 23.696. Bajo la órbita de esta
ley quedamos enmarcados
los trabajadores de las empresas públicas que figuraban
en los anexos y que se las declaraba como 'sujetas a privatización'.
De acá nace el derecho legítimo de reclamar
el 10% del paquete accionario que se nos adjudicó,
al momento de la transformación de la YPF pública
a privada, pero que omitieron deliberadamente, en una
clara maniobra de la cual afirmo que hubo una asociación
ilícita sin lugar a dudas, en la que participaron:
el Poder Ejecutivo Nacional, las carteras de Economía
y Trabajo (cuando no, todo el Gabinete), la Federación
SUPE (Antonio Cassia, Juan Carlos Crespi), la Comisión
Bicameral del Seguimiento de las Privatizaciones (entre los
que figuraban: Alasino, Melgarejo, Cantarero
.¿les
suenan?), el Directorio de YPF SA, el Directorio de Repsol
SA, agentes de bolsa, como: Salomón Brothers; COMAFI
Bursátil, MBA y Roberto Dromi, José Caro Mera
Figueroa, Domingo F. Cavallo, Carlos Olivieri, Erman González,
etc., etc.
Se ha podido demostrar con claridad, al momento, donde
la justicia ha tomado dentro de la instrucción, medidas
que sugieren el esclarecimiento definitivo de dos aspectos
fundamentales.
1º.- Que la venta de Y.P.F. se lleva a cabo mediante
actuaciones dolosas e irregulares.
2º.- Que REPSOL S.A. adquirió bienes litigiosos.
En declaraciones brindadas por personal de la Comisión
Nacional de Valores (CNV) surge que 'no obraban los mandatos
de los titulares de las acciones clase C, que para poder realizar
la venta del paquete accionario en el año 1.999 se
requería de tales mandatos'. Y el colofón lo
dan las dos declaraciones que manifiestan que Repsol SA tenía
conocimiento que no obraban estos mandatos, y aún en
esas condiciones compra el paquete accionario".
La
cantidad de nombres, decretos, leyes, disposiciones, etc.,
etc., abundan. La Dra. Alejandra Dibo es la representante
legal de los ex trabajadores de YPF, Gas del Estado y Petroquímica
Mosconi que en el año 1999 se presentó en
los tribunales de Córdoba e inició la denuncia
penal contra YPF SA, que involucra a sus directivos, funcionarios
y otros que tomaron parte en las operaciones relacionadas
con las acciones. A la causa se fueron anexando las presentadas
por otros trabajadores por razones "conexidad".
La abogada denunció además maniobras que permitieron
que Repsol se adueñara de las acciones: "el 20
de Enero de 1999 se celebró un Convenio para la Adquisición
y Venta de Acciones entre Repsol, Banco de la Nación
Argentina como fiduciario del Fideicomiso para el Fondo y
la República Argentina , denominado "Convenio
YPF" por el cual REPSOL -sujeta a ciertas condiciones
limitadas- compró al gobierno 52.914.700 Acciones Clase
"A" (éstas eran acciones que le pertenecían
al Estado) que se convertirían automáticamente
en Acciones Clase "D" (éstas eran en principio
de los de particulares) a un valor u$s 38,00. El 26 de Enero
de 1999, por Nota 141 de fecha 26 de febrero de 1999, (expediente
que obra en el Ministerio de Economía y Producción,
como así también en el juzgado interviniente,
y otra copia certificada en mi poder); el Subsecretario
de Bancos y Seguros Dr. Alejandro Quiroga López, designó
como Director Titular en representación de las acciones
clase "A", al Sr. Alfonso Cortina De Alcocer, en
reemplazo del Sr. Juan Carlos Crespi (que fue Secretario
Adjunto de SUPE y fuera designado por decreto presidencial
para representar las acciones "C", de los trabajadores
en el Directorio de YPF SA) para complementar su mandato,
cuando al mismo tiempo éste (Cortina) se desempeñó
como Presidente del Directorio y principal funcionario ejecutivo
de REPSOL SA. En la misma nota, se designó como Director
Suplente al Sr. Miguel Ángel Remon Gil en representación
de las Acciones Clase "A" en reemplazo del Sr. Agustín
Blanco, para completar el mandato de este último,
en franca violación a los arts. 11, inc. c) apartado
(i) y el Art. 24 inc. d) última oración de dicho
Estatuto, y 29 del Referido Estatuto Social".
Hasta
1992 todas las acciones estaban en manos del Estado, cuando
por la Ley 24.145 se dividen en clases "A", "B",
"C" y "D". Como nos explicó Dibo,
"las 'A' pertenecían al Estado, las 'B' a las
provincias que poseían petróleo, las 'C' a los
trabajadores y las 'D' a los particulares". Cuando
las acciones salen a la bolsa, al año siguiente,
la abogada denuncia que el Ministerio de Economía
"dictó resoluciones que no fueron publicadas en
el Boletín Oficial, -por lo tanto son nulas- que
disponía que aquellos trabajadores que se habían
acogido a los regímenes de retiros voluntarios que
implementó la empresa; no tenían derecho a las
acciones clase "C".
Dibo explicó además que "con el dictado
de resoluciones 1507 y 1270 de 2 de diciembre del 1994 se
les negó la participación de dichas acciones
y posteriormente se produjo la venta de dicho paquete accionario
para posteriormente trasferirse la empresa a REPSOL SA,
como resultado de dicho accionar se podrían haber
visto perjudicados no sólo los denunciantes, sino el
normal desarrollo de la actividad patrimonial del Estado Nacional
en razón de que ello que se imputa es el haber formado
parte del directorio o del órgano de Fiscalización
de la Empresa YPF (Sociedad del Estado) en periodo de transformación
en Repsol YPF SA al momento de dictarse el decreto de venta
628/97, en relación a las resoluciones antes dichas,
en las que se dispuso la venta anticipada del paquete accionario
referente a las acciones clase 'C' de YPF SA , como asimismo
las posteriores re-ventas de acciones que se realizaron a
través de la empresa Repsol SA, adquirente del paquete
accionario de YPF SA, sin tener en cuenta un número
de empleados que se encontraban a través de diferentes
medios legales, reclamando la propiedad de las acciones en
los términos del Programa de Propiedad Participada
(PPP) dispuesto por la ley 24.141 y 23.696 sustrayendo dichos
efectos públicos de su normal destino desafectando
tanto la propiedad de los ex empleados en cuestión
como así mismo, la actividad administrativa patrimonial".
-
Dra. cómo afectaría la venta de las acciones
que quiere hacer Repsol-YPF, a los ex-trabajadores. El Gobierno
Nacional, sino se dicta una medida de no innovar, de todos
modos puede evitar que se vendan estas acciones?
- Hay dos aspectos que se deben observar, y varios puntos
más en cuestión afectados, a saber:
1) A los Trabajadores, 2) A la Nación, 3) A la empresa
REPSOL-YPF, 4) Al Gobierno comprometido visiblemente, 5) al
Congreso y a todas las instituciones del Estado que no han
cumplido sus roles violando las leyes, bajo una formación
ideológica de entrega y corrupción y/o crisis
moral institucionalizada.(SIGEN, Auditoria General De La Nación,
la Comisión de Seguimiento de las Privatizaciones creada
por la Ley de Federalización de
Hidrocarburos, el Congreso de la Nación al dictar una
Ley, que pretendió blanquear la privatización
de YPF SA (la Ley 25.471), y por último cómo
afecta en el mundo la caída de esta empresa , su imagen
y fundamentalmente en el contexto latinoamericano.
Para los trabajadores, si la venta se produce en un %51 más
o menos, no se sabe, esto por cierto afecta seriamente a los
trabajadores, que encontrándose todo probado e indagados
los responsables, menos Alfonso Cortina, principal actor
de esta banda y/o asociación ilícita, junto
a Carlos Menen y todos los demás funcionarios del Estado
que permitieron esta dolosa privatización -incluyendo
al Banco Nación Argentina y a la Comisión Nacional
de Valores, que nada hicieron ni hacen, ni siquiera Elisa
Carrió, que ahora sólo se limita denunciar a
los fines proselitistas, la causa de ella, está en
mi juzgado, y la pedí, la presentó en agosto
del 2005 y ni siquiera está promovida la acción
penal ni Requerimiento Fiscal de Instrucción, más
grave aun, no se constituyó en querellante particular
a los fines de impulsar el procedimiento. Por ese motivo la
peticioné, y pedí la acumulación de acciones
por motivos de conexidad a la causa (la 8568/99), la que también
corre por cuerda separada y no hay una sola actuación,
desde la fecha de presentación.
Volviendo a los trabajadores, se ven perjudicados, pues con
esta maniobra de venta, que estaba prevista en el año
1989, según las leyes de España y esta descripta
al Sr. Presidente de la Nación en la primera Carta
Documento (La misma se puede ver al pie de esta nota).
Por ello el gobierno argentino no vendió las acciones
de oro, o golden shares, y puede haber una escisión
de ambas sociedades, cuando en realidad, el Gobierno debería
peticionar la nulidad de ambas ventas. O bien impedir
que se efectúe ésta que se viene anunciando,
y cuyos probables compradores, sean la British Petroleum,
o bien LA ENI, la EXXON, o se venda a industriales argentinos,
u otros probables compradores, como Macri, etc. Dejarían
bien parado políticamente al Gobierno, pero dejan y
liberan a la empresa Repsol. Esto nos perjudicaría,
puesto que se prolongaría el proceso, y si bien podemos
tomar la medida cautelar, no puedo responder cómo nos
va a ir con un grado de certeza. Porque hasta el juez subrogante
no creo que la resuelva. Pero el proceso no se cierra, al
contrario, se agrava. Todo mi trabajo que hice durante años,
para ellos, no sería en vano, pero buscan el desgaste
de la gente, para que se adhiera a la Ley 25.471, denunciada,
y promovida acción penal (9037) y posteriormente los
ex empleados cansados acudan a financieras, y cedan sus derechos
sobre el juicio, con los Bonos Pro 12 cuarta serie, Ley 25.471
, Dcto 1077, 821 y 462.
-
Nos comentaron algunos trabajadores que pidieron que se ordene
una cautelar también, en qué consistiría?
- Nunca le hicieron lugar a ninguna cuatelar a la fecha,
pues no contaban con los elementos de juicio necesarios
y la importancia de esta medida cautelar es para asegurar
que se continúan vendiendo bienes litigios y desbaratando
los derechos de mis conferentes, y con ello se asegura que
primero la causa no caiga, y segundo que cobren lo que les
corresponde, y tercero para la Nación la recuperación
de nuestros recursos hidrocarburíferos no-renovables.
A
continuación publicamos la Carta Documento que la Dra.
Dibo envió al Presidente Kirchner el 18/01/06 informándole
de la causa. Y reproducimos el texto de la Carta Documento
que la Dra. enviará este lunes (22/05/06) al Presidente
Kirchner donde le recuerda la carta anterior y le recomienda
aplicar los instrumentos legales que tiene disponibles para
no permitir la operación de venta de acciones de Repsol.
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Solicita
extraiga copia de documentación.
(Incidente Falta de Acción de Alessandra Minnicelli)
Archivo en Word
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Texto
de Carta Documento al Pte. Kirchner (18/05/06) Archivo
en Word
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Contesta
Vista Falta De Acción Alessandra Minnicelli.
Archivo en Word
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Textos
de la oferta
Pública de acciones de YPF a Repsol. (1.999)
(Archivos comprimidos)
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Carta
Documento enviada al Pte. Kirchner (18/01/06). Archivo
en PDF
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