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22/05/06: CAUSA 8568/99:"YPF S/ DELITOS DE ACCIÓN PÚBLICA". Impresión económica
La razón para que Repsol-YPF no venda las acciones.
Repsol-YPF pretende vender entre un 15 y 20 por ciento de sus acciones, al mismo tiempo sigue en curso la causa donde se investiga a la empresa por compra hostil e ilegal, y que además involucra a numerosos y reconocidos funcionarios, por distintos delitos relacionados con la compra de YPF supuestamente de manera fraudulenta. Luego del llamado a indagatoria a directivos de Repsol y en momentos en que esa empresa define la salida de las acciones a la bolsa, el juez a cargo de la causa que debe dictar una medida de no-innovar se toma vacaciones.

"Resulta inexplicable la existencia de ciudadanos que quieren enajenar nuestros depósitos de petróleo acordando concesiones de exploración y explotación al capital extranjero (...) en lugar de reservar en absoluto tales beneficios para acrecentar el bienestar moral y material del pueblo argentino. Porque entregar nuestro petróleo es como entregar nuestra bandera". Lo dijo el Gral. Enrique Mosconi, primer director de YPF en 1922.

Kirchner y Brufau (Director de Repsol) luego de la nacionalización decretada en Bolivia.

Hace tiempo en este medio venimos siguiendo la causa penal 8568/99 "YPF S/ DELITOS DE ACCIÓN PÚBLICA", gracias a la tarea informativa que realizan los mismos damnificados -los ex trabajadores de YPF- y algunos medios de comunicación alternativos. En momentos en que Repsol-YPF está preparando la venta de parte de sus acciones, el juez a cargo de la causa, el Dr. Bonadío, que

tiene pedidos de declarar una medida de no-innovar se toma vacaciones por dos meses -según este medio pudo confirmar en el juzgado-, eliminando quizás la posibilidad de impedir que la empresa realice la operación.

Cabe recordar que como publicáramos oportunamente, el Dr. Claudio Bonadío fue quien evitó a fines de 2005 la prescripción de la causa mediante el llamado a indagatorias a más de treinta directivos de Repsol (entre ellos Alfonso Cortina) y funcionarios como Alessandra Minnicelli (esposa de Julio De Vido y titular de la SIGEN) (ver www.4semanas.com.ar/causaypf.htm) quien se presentó a declarar al contrario de Cortina, Hernández Gil, y Roff, que faltaron a sus citas. Es por esto que resulta sospechoso en momentos en que Repsol pretende vender acciones por las cuales está siendo investigado en su adquisición, que el Juez (que debe subrayarse; prácticamente "salvo" a la causa de la prescripción) ahora se ausente por 2 meses, cuando los medios masivos anuncian la salida de la acciones a la venta para junio.

La causa
En el informe de 4 SEMANAS del año pasado (ver la nota publicada en: www.4semanas.com.ar/privatizadas2.htm), conocimos José Tonón, del Foro Ypefiano y ex-trabajador de la ex empresa estatal, que nos sintetizó la raíz de esta causa:

"El fundamento de la causa penal se basa en la Ley de Reforma del Estado Nº 23.696. Bajo la órbita de esta ley quedamos enmarcados los trabajadores de las empresas públicas que figuraban en los anexos y que se las declaraba como 'sujetas a privatización'. De acá nace el derecho legítimo de reclamar el 10% del paquete accionario que se nos adjudicó, al momento de la transformación de la YPF pública a privada, pero que omitieron deliberadamente, en una clara maniobra de la cual afirmo que hubo una asociación ilícita sin lugar a dudas, en la que participaron: el Poder Ejecutivo Nacional, las carteras de Economía y Trabajo (cuando no, todo el Gabinete), la Federación SUPE (Antonio Cassia, Juan Carlos Crespi), la Comisión Bicameral del Seguimiento de las Privatizaciones (entre los que figuraban: Alasino, Melgarejo, Cantarero….¿les suenan?), el Directorio de YPF SA, el Directorio de Repsol SA, agentes de bolsa, como: Salomón Brothers; COMAFI Bursátil, MBA y Roberto Dromi, José Caro Mera Figueroa, Domingo F. Cavallo, Carlos Olivieri, Erman González, etc., etc.
Se ha podido demostrar con claridad, al momento, donde la justicia ha tomado dentro de la instrucción, medidas que sugieren el esclarecimiento definitivo de dos aspectos fundamentales.
1º.- Que la venta de Y.P.F. se lleva a cabo mediante actuaciones dolosas e irregulares.
2º.- Que REPSOL S.A. adquirió bienes litigiosos.

En declaraciones brindadas por personal de la Comisión Nacional de Valores (CNV) surge que 'no obraban los mandatos de los titulares de las acciones clase C, que para poder realizar la venta del paquete accionario en el año 1.999 se requería de tales mandatos'. Y el colofón lo dan las dos declaraciones que manifiestan que Repsol SA tenía conocimiento que no obraban estos mandatos, y aún en esas condiciones compra el paquete accionario".

La cantidad de nombres, decretos, leyes, disposiciones, etc., etc., abundan. La Dra. Alejandra Dibo es la representante legal de los ex trabajadores de YPF, Gas del Estado y Petroquímica Mosconi que en el año 1999 se presentó en los tribunales de Córdoba e inició la denuncia penal contra YPF SA, que involucra a sus directivos, funcionarios y otros que tomaron parte en las operaciones relacionadas con las acciones. A la causa se fueron anexando las presentadas por otros trabajadores por razones "conexidad". La abogada denunció además maniobras que permitieron que Repsol se adueñara de las acciones: "el 20 de Enero de 1999 se celebró un Convenio para la Adquisición y Venta de Acciones entre Repsol, Banco de la Nación Argentina como fiduciario del Fideicomiso para el Fondo y la República Argentina , denominado "Convenio YPF" por el cual REPSOL -sujeta a ciertas condiciones limitadas- compró al gobierno 52.914.700 Acciones Clase "A" (éstas eran acciones que le pertenecían al Estado) que se convertirían automáticamente en Acciones Clase "D" (éstas eran en principio de los de particulares) a un valor u$s 38,00. El 26 de Enero de 1999, por Nota 141 de fecha 26 de febrero de 1999, (expediente que obra en el Ministerio de Economía y Producción, como así también en el juzgado interviniente, y otra copia certificada en mi poder); el Subsecretario de Bancos y Seguros Dr. Alejandro Quiroga López, designó como Director Titular en representación de las acciones clase "A", al Sr. Alfonso Cortina De Alcocer, en reemplazo del Sr. Juan Carlos Crespi (que fue Secretario Adjunto de SUPE y fuera designado por decreto presidencial para representar las acciones "C", de los trabajadores en el Directorio de YPF SA) para complementar su mandato, cuando al mismo tiempo éste (Cortina) se desempeñó como Presidente del Directorio y principal funcionario ejecutivo de REPSOL SA. En la misma nota, se designó como Director Suplente al Sr. Miguel Ángel Remon Gil en representación de las Acciones Clase "A" en reemplazo del Sr. Agustín Blanco, para completar el mandato de este último, en franca violación a los arts. 11, inc. c) apartado (i) y el Art. 24 inc. d) última oración de dicho Estatuto, y 29 del Referido Estatuto Social".

Hasta 1992 todas las acciones estaban en manos del Estado, cuando por la Ley 24.145 se dividen en clases "A", "B", "C" y "D". Como nos explicó Dibo, "las 'A' pertenecían al Estado, las 'B' a las provincias que poseían petróleo, las 'C' a los trabajadores y las 'D' a los particulares". Cuando las acciones salen a la bolsa, al año siguiente, la abogada denuncia que el Ministerio de Economía "dictó resoluciones que no fueron publicadas en el Boletín Oficial, -por lo tanto son nulas- que disponía que aquellos trabajadores que se habían acogido a los regímenes de retiros voluntarios que implementó la empresa; no tenían derecho a las acciones clase "C".
Dibo explicó además que "con el dictado de resoluciones 1507 y 1270 de 2 de diciembre del 1994 se les negó la participación de dichas acciones y posteriormente se produjo la venta de dicho paquete accionario para posteriormente trasferirse la empresa a REPSOL SA, como resultado de dicho accionar se podrían haber visto perjudicados no sólo los denunciantes, sino el normal desarrollo de la actividad patrimonial del Estado Nacional en razón de que ello que se imputa es el haber formado parte del directorio o del órgano de Fiscalización de la Empresa YPF (Sociedad del Estado) en periodo de transformación en Repsol YPF SA al momento de dictarse el decreto de venta 628/97, en relación a las resoluciones antes dichas, en las que se dispuso la venta anticipada del paquete accionario referente a las acciones clase 'C' de YPF SA , como asimismo las posteriores re-ventas de acciones que se realizaron a través de la empresa Repsol SA, adquirente del paquete accionario de YPF SA, sin tener en cuenta un número de empleados que se encontraban a través de diferentes medios legales, reclamando la propiedad de las acciones en los términos del Programa de Propiedad Participada (PPP) dispuesto por la ley 24.141 y 23.696 sustrayendo dichos efectos públicos de su normal destino desafectando tanto la propiedad de los ex empleados en cuestión como así mismo, la actividad administrativa patrimonial".

- Dra. cómo afectaría la venta de las acciones que quiere hacer Repsol-YPF, a los ex-trabajadores. El Gobierno Nacional, sino se dicta una medida de no innovar, de todos modos puede evitar que se vendan estas acciones?
- Hay dos aspectos que se deben observar, y varios puntos más en cuestión afectados, a saber:
1) A los Trabajadores, 2) A la Nación, 3) A la empresa REPSOL-YPF, 4) Al Gobierno comprometido visiblemente, 5) al Congreso y a todas las instituciones del Estado que no han cumplido sus roles violando las leyes, bajo una formación ideológica de entrega y corrupción y/o crisis moral institucionalizada.(SIGEN, Auditoria General De La Nación, la Comisión de Seguimiento de las Privatizaciones creada por la Ley de Federalización de
Hidrocarburos, el Congreso de la Nación al dictar una Ley, que pretendió blanquear la privatización de YPF SA (la Ley 25.471), y por último cómo afecta en el mundo la caída de esta empresa , su imagen y fundamentalmente en el contexto latinoamericano.
Para los trabajadores, si la venta se produce en un %51 más o menos, no se sabe, esto por cierto afecta seriamente a los trabajadores, que encontrándose todo probado e indagados los responsables, menos Alfonso Cortina, principal actor de esta banda y/o asociación ilícita, junto a Carlos Menen y todos los demás funcionarios del Estado que permitieron esta dolosa privatización -incluyendo al Banco Nación Argentina y a la Comisión Nacional de Valores, que nada hicieron ni hacen, ni siquiera Elisa Carrió, que ahora sólo se limita denunciar a los fines proselitistas, la causa de ella, está en mi juzgado, y la pedí, la presentó en agosto del 2005 y ni siquiera está promovida la acción penal ni Requerimiento Fiscal de Instrucción, más grave aun, no se constituyó en querellante particular a los fines de impulsar el procedimiento. Por ese motivo la peticioné, y pedí la acumulación de acciones por motivos de conexidad a la causa (la 8568/99), la que también corre por cuerda separada y no hay una sola actuación, desde la fecha de presentación.
Volviendo a los trabajadores, se ven perjudicados, pues con esta maniobra de venta, que estaba prevista en el año 1989, según las leyes de España y esta descripta al Sr. Presidente de la Nación en la primera Carta Documento (La misma se puede ver al pie de esta nota). Por ello el gobierno argentino no vendió las acciones de oro, o golden shares, y puede haber una escisión de ambas sociedades, cuando en realidad, el Gobierno debería peticionar la nulidad de ambas ventas. O bien impedir que se efectúe ésta que se viene anunciando, y cuyos probables compradores, sean la British Petroleum, o bien LA ENI, la EXXON, o se venda a industriales argentinos, u otros probables compradores, como Macri, etc. Dejarían bien parado políticamente al Gobierno, pero dejan y liberan a la empresa Repsol. Esto nos perjudicaría, puesto que se prolongaría el proceso, y si bien podemos tomar la medida cautelar, no puedo responder cómo nos va a ir con un grado de certeza. Porque hasta el juez subrogante no creo que la resuelva. Pero el proceso no se cierra, al contrario, se agrava. Todo mi trabajo que hice durante años, para ellos, no sería en vano, pero buscan el desgaste de la gente, para que se adhiera a la Ley 25.471, denunciada, y promovida acción penal (9037) y posteriormente los ex empleados cansados acudan a financieras, y cedan sus derechos sobre el juicio, con los Bonos Pro 12 cuarta serie, Ley 25.471 , Dcto 1077, 821 y 462.

- Nos comentaron algunos trabajadores que pidieron que se ordene una cautelar también, en qué consistiría?
- Nunca le hicieron lugar a ninguna cuatelar a la fecha, pues no contaban con los elementos de juicio necesarios
y la importancia de esta medida cautelar es para asegurar que se continúan vendiendo bienes litigios y desbaratando los derechos de mis conferentes, y con ello se asegura que primero la causa no caiga, y segundo que cobren lo que les corresponde, y tercero para la Nación la recuperación de nuestros recursos hidrocarburíferos no-renovables.

A continuación publicamos la Carta Documento que la Dra. Dibo envió al Presidente Kirchner el 18/01/06 informándole de la causa. Y reproducimos el texto de la Carta Documento que la Dra. enviará este lunes (22/05/06) al Presidente Kirchner donde le recuerda la carta anterior y le recomienda aplicar los instrumentos legales que tiene disponibles para no permitir la operación de venta de acciones de Repsol.


Solicita extraiga copia de documentación.
(Incidente Falta de Acción de Alessandra Minnicelli) Archivo en Word
Texto de Carta Documento al Pte. Kirchner (18/05/06) Archivo en Word
Contesta Vista Falta De Acción Alessandra Minnicelli. Archivo en Word
Textos de la oferta
Pública de acciones de YPF a Repsol. (1.999) (Archivos comprimidos)
Carta Documento enviada al Pte. Kirchner (18/01/06). Archivo en PDF

 

POR: MARTIN RODRIGUEZ ROCHA / AUGUSTO CABRAL. PRODUCCIÓN: MIRIAM LEZCANO / ARMANDO RODRÍGUEZ ROCHA.

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