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22 de mayo de 2006
CAUSA 8568/99:"YPF S/ DELITOS DE ACCIÓN PÚBLICA".
La razón para que Repsol-YPF no venda las acciones.
ERepsol-YPF pretende vender entre un 15 y 20 por ciento de sus acciones, al mismo tiempo sigue en curso la causa donde se investiga a la empresa por compra hostil e ilegal, y que además involucra a numerosos y reconocidos funcionarios, por distintos delitos relacionados con la compra de YPF supuestamente de manera fraudulenta. Luego del llamado a indagatoria a directivos de Repsol y en momentos en que esa empresa define la salida de las acciones a la bolsa, el juez a cargo de la causa que debe dictar una medida de no-innovar se toma vacaciones.
"Resulta inexplicable la existencia de ciudadanos que quieren enajenar nuestros depósitos de petróleo acordando concesiones de exploración y explotación al capital extranjero (...) en lugar de reservar en absoluto tales beneficios para acrecentar el bienestar moral y material del pueblo argentino. Porque entregar nuestro petróleo es como entregar nuestra bandera". Lo dijo el Gral. Enrique Mosconi, primer director de YPF en 1922
Hace tiempo en este medio venimos siguiendo la causa penal 8568/99 "YPF S/ DELITOS DE ACCIÓN PÚBLICA", gracias a la tarea informativa que realizan los mismos damnificados -los ex trabajadores de YPF- y algunos medios de comunicación alternativos. En momentos en que Repsol-YPF está preparando la venta de parte de sus acciones, el juez a cargo de la causa, el Dr. Bonadío, que
tiene pedidos de declarar
una medida de no-innovar se toma vacaciones por dos meses -según este
medio pudo confirmar en el juzgado-, eliminando quizás la posibilidad
de impedir que la empresa realice la operación.
Cabe recordar que como publicáramos oportunamente, el Dr. Claudio Bonadío fue quien evitó a fines de 2005 la prescripción de la causa mediante el llamado a indagatorias a más de treinta directivos de Repsol (entre ellos Alfonso Cortina) y funcionarios como Alessandra Minnicelli (esposa de Julio De Vido y titular de la SIGEN) (ver www.4semanas.com.ar/causaypf.htm) quien se presentó a declarar al contrario de Cortina, Hernández Gil, y Roff, que faltaron a sus citas. Es por esto que resulta sospechoso en momentos en que Repsol pretende vender acciones por las cuales está siendo investigado en su adquisición, que el Juez (que debe subrayarse; prácticamente "salvo" a la causa de la prescripción) ahora se ausente por 2 meses, cuando los medios masivos anuncian la salida de la acciones a la venta para junio.
La causa
En el informe de 4 SEMANAS del año pasado (ver la nota publicada
en: www.4semanas.com.ar/privatizadas2.htm),
conocimos José Tonón, del Foro Ypefiano y ex-trabajador de la
ex empresa estatal, que nos sintetizó la raíz de esta causa:
"El fundamento de
la causa penal se basa en la Ley de Reforma del Estado Nº 23.696.
Bajo la órbita de esta ley quedamos enmarcados los trabajadores de
las empresas públicas que figuraban en los anexos y que se las declaraba
como 'sujetas a privatización'. De acá nace el derecho legítimo
de reclamar el 10% del paquete accionario que se nos adjudicó, al
momento de la transformación de la YPF pública a privada, pero
que omitieron deliberadamente, en una clara maniobra de la cual afirmo que
hubo una asociación ilícita sin lugar a dudas, en la que participaron:
el Poder Ejecutivo Nacional, las carteras de Economía y Trabajo (cuando
no, todo el Gabinete), la Federación SUPE (Antonio Cassia, Juan Carlos
Crespi), la Comisión Bicameral del Seguimiento de las Privatizaciones
(entre los que figuraban: Alasino, Melgarejo, Cantarero
.¿les suenan?),
el Directorio de YPF SA, el Directorio de Repsol SA, agentes de bolsa, como:
Salomón Brothers; COMAFI Bursátil, MBA y Roberto Dromi, José
Caro Mera Figueroa, Domingo F. Cavallo, Carlos Olivieri, Erman González,
etc., etc.
Se ha podido demostrar con claridad, al momento, donde la justicia ha
tomado dentro de la instrucción, medidas que sugieren el esclarecimiento
definitivo de dos aspectos fundamentales.
1º.- Que la venta de Y.P.F. se lleva a cabo mediante actuaciones dolosas
e irregulares.
2º.- Que REPSOL S.A. adquirió bienes litigiosos.
En declaraciones brindadas por personal de la Comisión Nacional de Valores
(CNV) surge que 'no obraban los mandatos de los titulares de las acciones clase
C, que para poder realizar la venta del paquete accionario en el año
1.999 se requería de tales mandatos'. Y el colofón lo dan las
dos declaraciones que manifiestan que Repsol SA tenía conocimiento que
no obraban estos mandatos, y aún en esas condiciones compra el paquete
accionario".
La cantidad de nombres,
decretos, leyes, disposiciones, etc., etc., abundan. La Dra. Alejandra Dibo
es la representante legal de los ex trabajadores de YPF, Gas del Estado y Petroquímica
Mosconi que en el año 1999 se presentó en los tribunales de
Córdoba e inició la denuncia penal contra YPF SA, que involucra
a sus directivos, funcionarios y otros que tomaron parte en las operaciones
relacionadas con las acciones. A la causa se fueron anexando las presentadas
por otros trabajadores por razones "conexidad". La abogada denunció
además maniobras que permitieron que Repsol se adueñara de las
acciones: "el 20 de Enero de 1999 se celebró un Convenio para la
Adquisición y Venta de Acciones entre Repsol, Banco de la Nación
Argentina como fiduciario del Fideicomiso para el Fondo y la República
Argentina , denominado "Convenio YPF" por el cual REPSOL -sujeta a
ciertas condiciones limitadas- compró al gobierno 52.914.700 Acciones
Clase "A" (éstas eran acciones que le pertenecían al
Estado) que se convertirían automáticamente en Acciones Clase
"D" (éstas eran en principio de los de particulares) a un valor
u$s 38,00. El 26 de Enero de 1999, por Nota 141 de fecha 26 de febrero de 1999,
(expediente que obra en el Ministerio de Economía y Producción,
como así también en el juzgado interviniente, y otra copia certificada
en mi poder); el Subsecretario de Bancos y Seguros Dr. Alejandro Quiroga
López, designó como Director Titular en representación
de las acciones clase "A", al Sr. Alfonso Cortina De Alcocer, en reemplazo
del Sr. Juan Carlos Crespi (que fue Secretario Adjunto de SUPE y fuera designado
por decreto presidencial para representar las acciones "C", de los
trabajadores en el Directorio de YPF SA) para complementar su mandato, cuando
al mismo tiempo éste (Cortina) se desempeñó como Presidente
del Directorio y principal funcionario ejecutivo de REPSOL SA. En la misma nota,
se designó como Director Suplente al Sr. Miguel Ángel Remon Gil
en representación de las Acciones Clase "A" en reemplazo del
Sr. Agustín Blanco, para completar el mandato de este último,
en franca violación a los arts. 11, inc. c) apartado (i) y el Art. 24
inc. d) última oración de dicho Estatuto, y 29 del Referido Estatuto
Social".
Hasta 1992 todas las acciones
estaban en manos del Estado, cuando por la Ley 24.145 se dividen en clases "A",
"B", "C" y "D". Como nos explicó Dibo,
"las 'A' pertenecían al Estado, las 'B' a las provincias que poseían
petróleo, las 'C' a los trabajadores y las 'D' a los particulares".
Cuando las acciones salen a la bolsa, al año siguiente, la
abogada denuncia que el Ministerio de Economía "dictó resoluciones
que no fueron publicadas en el Boletín Oficial, -por lo tanto son
nulas- que disponía que aquellos trabajadores que se habían
acogido a los regímenes de retiros voluntarios que implementó
la empresa; no tenían derecho a las acciones clase "C".
Dibo explicó además que "con el dictado de resoluciones
1507 y 1270 de 2 de diciembre del 1994 se les negó la participación
de dichas acciones y posteriormente se produjo la venta de dicho paquete accionario
para posteriormente trasferirse la empresa a REPSOL SA, como resultado
de dicho accionar se podrían haber visto perjudicados no sólo
los denunciantes, sino el normal desarrollo de la actividad patrimonial del
Estado Nacional en razón de que ello que se imputa es el haber formado
parte del directorio o del órgano de Fiscalización de la Empresa
YPF (Sociedad del Estado) en periodo de transformación en Repsol YPF
SA al momento de dictarse el decreto de venta 628/97, en relación a las
resoluciones antes dichas, en las que se dispuso la venta anticipada del paquete
accionario referente a las acciones clase 'C' de YPF SA , como asimismo las
posteriores re-ventas de acciones que se realizaron a través de la empresa
Repsol SA, adquirente del paquete accionario de YPF SA, sin tener en cuenta
un número de empleados que se encontraban a través de diferentes
medios legales, reclamando la propiedad de las acciones en los términos
del Programa de Propiedad Participada (PPP) dispuesto por la ley 24.141 y 23.696
sustrayendo dichos efectos públicos de su normal destino desafectando
tanto la propiedad de los ex empleados en cuestión como así mismo,
la actividad administrativa patrimonial".
- Dra. cómo
afectaría la venta de las acciones que quiere hacer Repsol-YPF, a los
ex-trabajadores. El Gobierno Nacional, sino se dicta una medida de no innovar,
de todos modos puede evitar que se vendan estas acciones?
- Hay dos aspectos que se deben observar, y varios puntos más en cuestión
afectados, a saber:
1) A los Trabajadores, 2) A la Nación, 3) A la empresa REPSOL-YPF, 4)
Al Gobierno comprometido visiblemente, 5) al Congreso y a todas las instituciones
del Estado que no han cumplido sus roles violando las leyes, bajo una formación
ideológica de entrega y corrupción y/o crisis moral institucionalizada.(SIGEN,
Auditoria General De La Nación, la Comisión de Seguimiento de
las Privatizaciones creada por la Ley de Federalización de
Hidrocarburos, el Congreso de la Nación al dictar una Ley, que pretendió
blanquear la privatización de YPF SA (la Ley 25.471), y por último
cómo afecta en el mundo la caída de esta empresa , su imagen y
fundamentalmente en el contexto latinoamericano.
Para los trabajadores, si la venta se produce en un %51 más o menos,
no se sabe, esto por cierto afecta seriamente a los trabajadores, que encontrándose
todo probado e indagados los responsables, menos Alfonso Cortina, principal
actor de esta banda y/o asociación ilícita, junto a Carlos Menen
y todos los demás funcionarios del Estado que permitieron esta dolosa
privatización -incluyendo al Banco Nación Argentina y a la
Comisión Nacional de Valores, que nada hicieron ni hacen, ni siquiera
Elisa Carrió, que ahora sólo se limita denunciar a los fines proselitistas,
la causa de ella, está en mi juzgado, y la pedí, la presentó
en agosto del 2005 y ni siquiera está promovida la acción penal
ni Requerimiento Fiscal de Instrucción, más grave aun, no se constituyó
en querellante particular a los fines de impulsar el procedimiento. Por ese
motivo la peticioné, y pedí la acumulación de acciones
por motivos de conexidad a la causa (la 8568/99), la que también corre
por cuerda separada y no hay una sola actuación, desde la fecha de presentación.
Volviendo a los trabajadores, se ven perjudicados, pues con esta maniobra
de venta, que estaba prevista en el año 1989, según las leyes
de España y esta descripta al Sr. Presidente de la Nación en la
primera Carta Documento (La misma se puede ver al pie de esta nota).
Por ello el gobierno argentino no vendió las acciones de oro, o golden
shares, y puede haber una escisión de ambas sociedades, cuando en
realidad, el Gobierno debería peticionar la nulidad de ambas ventas.
O bien impedir que se efectúe ésta que se viene anunciando,
y cuyos probables compradores, sean la British Petroleum, o bien LA ENI, la
EXXON, o se venda a industriales argentinos, u otros probables compradores,
como Macri, etc. Dejarían bien parado políticamente al Gobierno,
pero dejan y liberan a la empresa Repsol. Esto nos perjudicaría, puesto
que se prolongaría el proceso, y si bien podemos tomar la medida cautelar,
no puedo responder cómo nos va a ir con un grado de certeza. Porque hasta
el juez subrogante no creo que la resuelva. Pero el proceso no se cierra, al
contrario, se agrava. Todo mi trabajo que hice durante años, para ellos,
no sería en vano, pero buscan el desgaste de la gente, para que se adhiera
a la Ley 25.471, denunciada, y promovida acción penal (9037) y posteriormente
los ex empleados cansados acudan a financieras, y cedan sus derechos sobre el
juicio, con los Bonos Pro 12 cuarta serie, Ley 25.471 , Dcto 1077, 821 y 462.
- Nos comentaron
algunos trabajadores que pidieron que se ordene una cautelar también,
en qué consistiría?
- Nunca le hicieron lugar a ninguna cuatelar a la fecha, pues no contaban
con los elementos de juicio necesarios
y la importancia de esta medida cautelar es para asegurar que se continúan
vendiendo bienes litigios y desbaratando los derechos de mis conferentes, y
con ello se asegura que primero la causa no caiga, y segundo que cobren lo que
les corresponde, y tercero para la Nación la recuperación de nuestros
recursos hidrocarburíferos no-renovables.
A continuación publicamos la Carta Documento que la Dra. Dibo envió al Presidente Kirchner el 18/01/06 informándole de la causa. Y reproducimos el texto de la Carta Documento que la Dra. enviará este lunes (22/05/06) al Presidente Kirchner donde le recuerda la carta anterior y le recomienda aplicar los instrumentos legales que tiene disponibles para no permitir la operación de venta de acciones de Repsol.
POR: MARTIN RODRIGUEZ ROCHA / AUGUSTO CABRAL. PRODUCCIÓN: MIRIAM LEZCANO / ARMANDO RODRÍGUEZ ROCHA.
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