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Desde que inició
el gobierno de Kirchner permanecen latentes las denuncias
de censura por parte de ciertos medios de comunicación
nacionales, y asociaciones defensoras de los derechos civiles.
El caso de Córdoba y Neuquén son los más
afectados.
La fundación GEOS (Generación
de Estudios y Opinión) hace días presentó
un amparo debido a la demora del gobierno provincial de Córdoba
en dar a conocer la información sobre el presupuesto
de publicidad oficial solicitado por GEOS y por la Asociación
de Derechos Civiles (ADC) en febrero de este año.
La
fundación hizo este amparo luego de la falta de contestación
por parte de la Secretaría de Información Pública
provincial al pedido de GEOS y ADC, la fundación actuó
respaldada en la ley provincial 8803 de Acceso al Conocimiento
de los Actos del Estado de la Provincia de Córdoba.
Esta norma prevé un plazo de diez días hábiles
para la contestación o en casos excepcionales
veinte días hábiles. Pero no se recibió
respuesta.
A principios de este mes, las ONGs Convocatoria
Neuquina por la Justicia y la Libertad, Cooperativa de Trabajo
(8300) y el Sindicato de Prensa de Neuquén presentaron
un amparo para que el Gobierno provincial les de información
sobre la pauta publicitaria oficial. A diferencia de Córdoba,
en Neuquén no existe una ley que reglamente al acceso
a la información pública.
El Estado está obligado a brindar información
oficial a los medios de comunicación, cuando esto no
sucede se torna una problemática con sesgos antidemocráticos
y trastorna el siempre presente problema del libre
acceso a la información de interés público.
Se lo considera censura, directa o indirectamente, que recae
sobre ciertos medios a los que no les es dado a conocer la
información de primera mano.
Luego las consecuencias son la desinformación
(entendida en términos del desconocimiento de la información
difundida por voceros del Gobierno), las denuncias de censura
e imposibilidad del ejercicio de la libre expresión
(según las denuncias y amparos realizados a principio
de este mes) que para resolverse se manejan con los
tiempos de la Justicia y se ven multiplicadas con los
años.
Términos y frases conocidas que parecen
retrotraerse a tiempos de antaño, o a utopías
de periodismo independiente. No se está tan alejado
de eso en este artículo. Causas de censura repetidas
del Gobierno a los medios pero también las que surgen
en forma viceversa, hacen tambalear los cimientos democráticos
del periodismo institucional hacia el masivo.
>>> Domesticar a los medios
A fines de 2005, la ADC (www.adc.org.ar) publicó
el informe Una Censura Sutil. Abuso de Publicidad oficial
y otras restricciones a la libertad de expresión en
Argentina que documenta cómo operan estas presiones
a través de la pauta estatal en el ámbito nacional
y en cuatro provincias, entre las que se encuentra Córdoba.
En mayo del 2006, la Editorial Perfil presentó
un amparo para que el gobierno de Néstor Kirchner deje
de excluirla en el reparto de la publicidad oficial y para
que los periodistas de sus medios (Revista Noticias, Revista
Fortuna y Diario Perfil S.A.) tengan acceso a información;
con duras críticas a la actual gestión, periodistas
como Jorge Lanata, Nelson Castro y Pepe Eliaschev respaldaron
la presentación en una conferencia de prensa en su
momento.
Domesticar a los medios son palabras del periodista
Héctor Damico a raíz del amparo que presentó
en mayo del 2006 Editorial Perfil y al que se sumaron en su
momento periodistas de otros medios como en este caso de La
Nación (a veces ideológicamente opuestos).
La actitud del gobierno nacional es contraria
a lo declarado en la Convención Americana sobre Derechos
Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
y el artículo 14 de la Constitución Nacional
sobre libertad de expresión.
Las presiones que pueden llegar a ejercer
las autoridades públicas con recursos famosamente
rechazados por la sociedad como ser la distribución
arbitraria, dependiendo de las circunstancias políticas
/ económicas coyunturales, de publicidad oficial constituyen
una violación de la libertad de expresión, algo
que está prohibido por los tratados internacionales
de jerarquía constitucional incorporados a la Constitución
Nacional a través del artículo 75 inciso 22.
Si la ley provincial fija siete casos en los
que no se suministrará información; algunos
de ellos son cuando se afecte la intimidad de la persona;
en los casos que la difusión revele estrategias en
causas judiciales; cuando se comprometa la seguridad de la
provincia; o sobre materias exceptuadas por leyes específicas;
por qué se malinterpreta la ley, a qué se debe
la falta de cumplimiento de las obligaciones en materia informativa
para con la prensa. Preguntas que el Gobierno también
debe contestar.-
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