| La legislatura
rionegrina sancionó en el día de ayer, en forma
definitiva, la ley que permite a los enfermos terminales elegir
rehusarse a los tratamientos médicos que les alarguen
innecesariamente la vida, dentro del concepto bioético
y jurídico de la muerte digna, comunicaron fuentes parlamentarias.
El objetivo básico de la ley es que los pacientes
terminales tengan a su disposición una herramienta
para decidir rechazar los tratamientos médicos que
prolonguen su agonía inevitable y les produzcan un
dolor o sufrimiento desmesurado, afirmó Marta
Milesi, legisladora oficialista y médica, promotora
de la ley. Además, agregó que "el proyecto
es una apuesta a la muerte digna, como una opción ante
la encarnización terapéutica, que así
se llama en la medicina la utilización de métodos
artificiales para alargar procesos de vida que se saben que
son irreversibles"
De esta manera, la ley establece que las personas que padezcan
de enfermedades extremas, en donde, a pesar que se realicen
tratamientos médicos, la muerte es segura, y además,
dolorosa, puedan expresar su rechazo a procedimientos
quirúrgicos, de hidratación y alimentación,
y de reanimación artificial, cuando sean extraordinarios
o desproporcionados a las perspectivas de mejoría,
y produzcan dolor y/o sufrimiento desmesurado".
Por otro lado, la ley contempla, en caso del que paciente
se encuentre inhabilitado para decidir libremente sobre su
vida, esto es, que el enfermo se encuentre incapacitado de
sus facultades de razonamiento y juicio, que la persona que
esté a su cargo, como el cónyuge, un representante
legal o descendiente directo, pueda elegir que no se realice
el tratamiento médico propuesto para prolongar la vida.
En cuanto al grado de dolencia, éste será
determinado por un equipo médico o el profesional interviniente,
con el aporte interdisciplinario que fuere necesario, en términos
claros, adecuados a la edad, nivel de comprensión,
estado psíquico y personalidad del paciente,
se explicita en la ley.
Es decir, que la ley de muerte digna permite
al ser humano elegir, o que elijan si éste no puede,
no someterse a un tratamiento médico, que implicaría
dolor y sufrimiento en demasía, sabiendo que la muerte
igualmente es inevitable en su caso por la enfermedad terminal
que padece. Lo cual, es completamente diferente a lo que sería
el concepto tan polémico de eutanasia,
el cual es definido como la muerte inducida del paciente,
diferenciándose claramente de lo que sería establecer
límites terapéuticos para continuar o tal vez
no comenzar con acciones que alarguen innecesariamente la
vida de un enfermo terminal, como es la muerte digna
propuesta en la ley mencionada.
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