Después de 6 meses, Macri sólo reglamentó 6 artículos de la ley de cannabis medicinal

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El Gobierno reglamentó parcialmente este viernes la ley de investigación médica y científica de uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados, sancionada el pasado 29 de marzo por el Senado.

Se trata de la norma número 27.350, cuya puesta en vigor era reclamada por organizaciones de cultivadores de cannabis medicinal. A través del decreto 738/2017, publicado hoy en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo aprobó su reglamentación, aunque en forma parcial.

La ley busca garantizar el acceso del llamado aceite de cannabis para pacientes que padezcan determinadas enfermedades, previa determinación médica.

Además, dispone «un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor de la planta del cannabis y de sus derivados» y crea un programa nacional para estudio e investigación de ese recurso y sus productos derivados.

En ese sentido, autoriza la importación del «aceite de cáñamo» y de otros derivados de la planta de cannabis hasta que el Estado pueda producirlo y el acceso gratuito para los pacientes que puedan necesitarlo según prescripción médica.

La ley otorga prioridad para la producción a los laboratorios públicos nucleados en la ANLAP y autoriza el cultivo de cannabis al Conicet y el INTA con fines de investigación.

Según señala la norma, entre sus considerandos, «resulta prioritario que la Autoridad de Aplicación cuente con información científicamente verificada respecto de las propiedades de la planta de Cannabis y sus derivados y su impacto en el organismo humano«.

Así, en el país se inicia la regulación de la investigación para su uso medicinal, lo que a su vez confirió la aceptación de sus beneficios.

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