Modifican los requisitos para la promoción de concursos y sorteos

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El Ministerio de la Producción estableció que los anuncios deben especificar que no existe obligación de compra, y precisar el lugar donde se encuentran las bases y condiciones, que puedce ser una página web.

El Ministerio de Producción de la Nación dispuso una serie de requisitos para los anuncios publicitarios que promocionen concursos o sorteos, entre ellos la leyenda «sin obligación de compra», según un decreto publicado hoy en el Boletín Oficial. «Toda publicidad de concursos, certámenes, sorteos o mecanismos similares para la adjudicación de premios o para la promoción de venta de bienes y/o la contratación de servicios, deberá incluir la expresión Sin Obligación de Compra, la fecha de inicio y finalización de la promoción y el medio donde estará disponible la información» que establezca la autoridad de aplicación que es la Secretaría de Comercio.

La cartera de Producción busca mediante el Decreto 961/17 simplificar «la forma en que se brindan los datos en cada pieza publicitaria, de modo que los consumidores accedan a una información exhaustiva y clara, y evitar que los anunciantes incurran en costos excesivos e injustificados para la promoción de sus productos o servicios».

Con esta modificación, se incorpora la posibilidad de que parte de la información, como las condiciones generales y el alcance geográfico de una promoción, puedan ser publicadas en una página web.

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