El decreto 796/21 publicado en el Boletín Oficial, que incorpora cambios a la Ley de Competitividad, establece que “las exenciones previstas no resultarán aplicables en aquellos casos en que los movimientos de fondos estén vinculados a la compra, venta, permuta, intermediación y/o cualquier otra operación sobre criptoactivos, criptomonedas, monedas digitales, o instrumentos similares, en los términos que defina la normativa aplicable”.
El Ejecutivo, consideró en el decreto que era «necesario adecuar la normativa relativa al tratamiento impositivo de los nuevos actores y roles». La medida rubricada por el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Juan Manzur y el ministro de Economía, Martín Guzmán, aplica a las fintech (operadores de los Proveedores de Servicios de Pago) pero, en principio, no tendrá impacto directo en el comprador final.
La norma considera que «resulta prudente limitar las exenciones vigentes en el caso de intervenir determinados instrumentos, tales como monedas digitales», buscando que la misma sea una «hoja de ruta para políticas públicas hacia una economía más tranquila, con más oportunidades para todas y todos, junto con la definición de un sendero fiscal sostenible en el mediano plazo».
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