Luis Petri
El proyecto prevé penas de 1 a 4 años para el delito de usurpación simple, en el supuesto de que concurran agravantes de 2 a 6 años y si además hubiese ánimo de lucro la pena va de 4 a 8 años de prisión.
Petri explicó que «el Código Penal vigente no prevé ni agrava los casos de usurpaciones, por ello el proyecto incorpora los siguientes supuestos: con armas de fuego, explosivos o sobre inmuebles del Estado o destinados a servicios públicos o inmuebles que integran el patrimonio cultural de la Nación o inmuebles pertenecientes a Parques Nacionales; o cuando el autor fuere funcionario público o miembro de una fuerza de seguridad; o el hecho se cometiere en despoblado y en banda; o a quienes organicen, financien, faciliten o dirijan la realización de usurpaciones de inmuebles de propiedad pública o privada».
En ese sentido, aseguró que «es fundamental sancionar severamente a las bandas que organizan la toma de tierras y que lucran con las necesidad de la gente y venden los terrenos usurpados haciendo loteos clandestinos de los mismos».
En la actualidad, el delito de usurpación en nuestro Código Penal tiene una pena que va de los 6 meses a los 3 años, de aprobarse el proyecto, para la figura simple se incrementa a 4 el máximo y 8 años en el caso de las figuras agravadas que incorpora el proyecto.
Petri consideró que «el Estado debe impedir las usurpaciones ya que consentirlas es admitir su fracaso y el rompimiento del contrato social que une a los argentinos. Es una grave afectación al derecho de propiedad protegido constitucionalmente”.
«Para prevenir las usurpaciones es imprescindible una activa política de viviendas por parte del Estado Nacional, cumpliendo el mandato del artículo 14 bis de la Constitución Nacional, garantizando el acceso a una vivienda digna. Cuando se cometen las usurpaciones, además de violar expresamente el Código Penal, violan el artículo 14 de la Constitución cuando dispone y consagra el derecho a usar y disponer de la propiedad y el artículo 17 cuando determina que la propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley, solo autorizando restricciones a la misma por expropiación por causa de utilidad pública», concluyó el diputado.
Acompañan esta iniciativa los diputados Alfredo Cornejo, Soledad Carrizo, Sebastián Salvador, Juan Martín, Gabriela Lena, Federico Zamarbide, Gustavo Menna, Mario Arce, Luis Pastori, Victor Hugo Romero, Gerardo Cipollini, Estela Regidor, Ximena García y Fabio Quetglas.
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