El peor regalo de Navidad para Milei: La Justicia le ordenó aplicar la ley de Financiamiento Universitario

Un juez federal declaró inaplicable el decreto que suspendía la actualización salarial y de becas, ordenando a Javier Milei a cumplir de inmediato con la ley que el Congreso insistió tras el veto presidencial.

La antesala de Navidad trajo para el gobierno nacional una decisión judicial que alteró sus planes de ajuste fiscal. El Juzgado Contencioso Administrativo Federal 11, a cargo del juez Martín Cormick, ordenó este martes al Poder Ejecutivo aplicar de manera inmediata la ley de financiamiento universitario, dejando sin efecto -mediante una medida cautelar- el decreto que había suspendido la actualización de salarios docentes y becas estudiantiles. La resolución, emitida en el marco de una acción de amparo presentada por el Consejo Interuniversitario Nacional y otras entidades del sistema universitario, representa un revés significativo para la estrategia de la administración de Javier Milei respecto al presupuesto educativo.

El magistrado declaró inaplicable el decreto 759/2025 en cuanto condicionaba la ejecución de la ley 27.795 a la definición previa de las fuentes de financiamiento por parte del Congreso. En sus fundamentos, Martín Cormick señaló que la suspensión dispuesta por el Ejecutivo aparece, en esta etapa preliminar del proceso, «como una conducta arbitraria y contraria a la Constitución». La decisión judicial hizo lugar a la medida cautelar solicitada por las universidades y resolvió declarar inaplicable el decreto presidencial que había condicionado la vigencia de la norma.

Protestas de universidades

Los fundamentos constitucionales del fallo

El juez Martín Cormick sostuvo en su resolución que, tras la insistencia legislativa de ambas cámaras -prevista en el artículo 83 de la Constitución Nacional-, «no admitiría, a priori, una variante suspensiva» para la promulgación y aplicación de la norma. Este argumento constitucional resultó central en la decisión, ya que el Congreso había insistido con la ley por la mayoría agravada que establece la Carta Magna después de que el presidente Javier Milei ejerciera su poder de veto.

La resolución cuestionó específicamente la medida del Ejecutivo por considerar que podría vulnerar el principio de división de poderes, al intentar condicionar la vigencia de una ley insistida por el Congreso mediante una norma de jerarquía inferior como un decreto. El magistrado consideró que el decreto de necesidad y urgencia de la administración mileísta avanza sobre facultades reservadas al Poder Legislativo, configurando lo que aparece como «una conducta arbitraria del Poder Ejecutivo».

El impacto concreto de la orden judicial

La medida cautelar ordena al Estado nacional cumplir de inmediato con los artículos 5 y 6 de la ley, que establecen la actualización de las remesas destinadas al pago de salarios docentes y la recomposición automática de las becas estudiantiles. La cautelar tendrá vigencia hasta el dictado de la sentencia definitiva, lo que significa que el gobierno deberá comenzar a aplicar la ley mientras continúa el proceso judicial principal.

En sus fundamentos, Martín Cormick señaló que el incumplimiento del deber normativo ocasiona «perjuicios graves de imposible reparación ulterior», al advertir sobre la pérdida sostenida del poder adquisitivo de los ingresos del colectivo afectado. Añadió que esa situación compromete derechos laborales protegidos por la Constitución y por tratados internacionales de derechos humanos, estableciendo así un vínculo directo entre la aplicación de la ley y la protección de derechos fundamentales.

El rechazo al argumento del interés público

El fallo judicial rechazó explícitamente el argumento del interés público esgrimido por el Gobierno para justificar la suspensión de la ley. Martín Cormick sostuvo que el deterioro salarial impacta no solo en los trabajadores universitarios, sino también en el derecho a enseñar y aprender, derechos que considera igualmente protegidos por el marco constitucional.

En ese sentido, el magistrado indicó que el eventual ahorro fiscal que perseguía el Ejecutivo tendría una incidencia reducida, estimada en alrededor del 0,23% del Producto Bruto Interno. Esta estimación contrasta con el impacto concreto que tendría la no aplicación de la ley sobre los ingresos de docentes, no docentes y beneficiarios de becas, creando una ponderación de daños que inclinó la balanza a favor de la medida cautelar solicitada por las universidades.

Los montos económicos en juego

Según las proyecciones incorporadas en el decreto que lleva la firma de Javier Milei, la actualización acumulada del Índice de Precios al Consumidor entre mayo y diciembre de 2024 representa un 34,89%, lo que implicaría un costo adicional estimado de 123.358.213.085 pesos solo para el ejercicio vigente. Para 2025, el gasto total ascendería a 1,06 billones de pesos y para 2026 a más de 2 billones, según los cálculos oficiales.

En materia salarial, el Ejecutivo había detallado que la inflación acumulada desde diciembre de 2023 fue del 220,45% frente a una recomposición salarial del 128,49%, por lo que la equiparación demandaría un incremento del 40,25% para alcanzar el nivel inflacionario. A ello se sumaría la incorporación al básico de sumas no remunerativas y no bonificables, con un costo proyectado de 178.984 millones de pesos en 2025 y de 490.459 millones en 2026.

El mecanismo de actualización previsto en la ley

La Ley de Financiamiento Universitario, que había sido aprobada tras el rechazo al veto presidencial previo, buscaba garantizar la actualización automática de los gastos de funcionamiento del sistema universitario nacional, así como la recuperación salarial del personal docente y no docente. El mecanismo previsto en el texto fijaba un ajuste bimestral según la variación del Índice de Precios al Consumidor publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos.

Además de los salarios, la norma también contemplaba la actualización de los programas de becas estudiantiles Manuel Belgrano y Progresar, que deberían reajustarse conforme al mismo índice. El crédito vigente asciende a 33.041 millones de pesos, pero su adecuación supondría desembolsos adicionales superiores a los 149.454 millones, según las proyecciones oficiales.

La posición del Gobierno antes del fallo

En los decretos mediante los cuales había promulgado parcialmente las leyes, la Casa Rosada había remarcado que el Congreso «no identificó de manera expresa las fuentes de financiamiento» de las leyes de financiamiento universitario y emergencia pediátrica, lo que a su juicio contraviene la Ley 24.156 de Administración Financiera. Bajo este argumento, el Ejecutivo había sostenido que «no se avanzará con la ejecución de ninguna de las dos normas» hasta que haya previsión presupuestaria definida por el Poder Legislativo.

Esta posición, sin embargo, no fue compartida por la Justicia federal, que consideró reunidos los requisitos legales para conceder la cautelar y ordenar el cumplimiento inmediato de la ley. El fallo aclaró que la medida se dicta en un estado preliminar del proceso y no implica adelantar opinión sobre el fondo de la cuestión, pero consideró suficiente la evidencia presentada para requerir la aplicación inmediata de la norma mientras se resuelve el caso de fondo.

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