La Corte confirmó la nulidad de la personería gremial de los metrodelegados

El máximo tribunal dejó firme el fallo contra una resolución del Ministerio de Trabajo de 2015. De esta manera, la única entidad sindical que tiene personería en subterráneos es la UTA.

La Corte Suprema de Justicia dejó firme este miércoles la sentencia que declaró la nulidad de la resolución del Ministerio de Trabajo de noviembre de 2015 por la cual se le había otorgado la personería gremial a la Asociación Gremial de Trabajadores del Subterráneo y Premetro, los llamados metrodelegados.

El sindicato había promovido ante el Ministerio de Trabajo un trámite administrativo para obtener la personería gremial, es decir, una resolución que lo reconociera como sindicato más representativo dentro de su actividad y lo habilitara para negociar convenios colectivos.

En la actividad de subterráneos, la única entidad sindical que tenía esa personería era la Unión Tranviarios Automotor (UTA).

Cuando el trámite administrativo había avanzado, la UTA denunció que no se había cumplido debidamente con el procedimiento establecido en la ley 23.551 de asociaciones sindicales para que se le concediese la personería a un nuevo sindicato, especialmente, porque no se le había dado la participación necesaria pese a ser la entidad gremial que ya contaba con ella.

Las presentaciones de la UTA no fueron atendidas; la autoridad laboral prosiguió el trámite y le otorgó al sindicato de los «metrodelegados» la personería gremial solicitada, por lo que la UTA acudió a la Justicia.

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