La Corte le advirtió al Gobierno que no inaugure obras previo a elecciones.
La Corte Suprema ratificó la validez de un artículo del Código Electoral que impone la prohibición al Gobierno Nacional de inaugurar obras en los 15 días previos a las elecciones.
"Durante la campaña electoral, la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales", prevé dicho artículo.
La resolución de la Corte es a raíz de un planteo hecho por la Asociación por los Derechos Civiles, una ONG vinculada con la Justicia, y que pidió la aplicación de dicho artículo de cara a las elecciones nacionales de este año.
La decisión del Tribunal se conoce en un momento de crítica relación entre el Ejecutivo y la Corte a raíz de la reelección como presidente de su titular Ricardo Lorenzetti; y de la permanencia del juez Fayt en el Tribunal bajo sospechas de no estar en condiciones físicas y mentales por su avanzada edad.
Según el artículo 64 Quarter, "queda prohibido durante los 15 días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las primarias, abiertas simultáneas y obligatorias y la elección general, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo".
Incluso, la norma prohíbe "en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales".
En primera instancia, la jueza federal con competencia eletoral María Servini de Cubría y luego la Cámara Nacional Electoral ratificaron la vigencia de dicho artículo.
Ahora, lo hace la Corte Suprema de Justicia con la firma de todos sus integrantes.
(Por 4SEMANAS/NA)
