Lucila Frend: Casación confirmó su absolución por la muerte de su amiga.

El Tribunal de Casación Penal Bonaerense confirmó este martes la absolución de Lucila, juzgada por el crimen de Solange Grabenheimer en 2007 en la localidad bonaerense de Florida.

La decisión fue adoptada por la sala III del máximo tribunal, que rechazó un pedido del fiscal general Carlos Altuve para que se la condenara a prisión perpetua o se anulara el debate que se realizó en 2011 en el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 2 de San Isidro. 

De todos modos, el fallo no quedó firme porque la Fiscalía y la querella todavía les queda la posibilidad de apelar ante la Suprema Corte de Justicia bonaerense, aunque admitieron que es difícil que el máximo tribunal revise la cuestión.

La fiscalía, a cargo de Alejandro Guevara, había basado la apelación en el caso de Carlos Carrascosa, el viudo de María Marta García Belsunce, indicó la agencia DYN.

Es que Carrascosa había sido condenado por un tribunal por el encubrimiento del homicidio y, sin embargo, más tarde Casación reinterpretó la prueba y decidió condenarlo a perpetua y enviado a prisión por el crimen en sí.

Solange Grabenheimer y Lucila Frend vivían juntas en un PH en Güemes al 2200 de Florida, partido de Vicente López, pero tenían problemas de convivencia y Solange pensaba mudarse apenas terminara el contrato de alquiler.

El 10 de enero de 2007 Lucila salió de la casa rumbo a su trabajo a las 7:30. Su amiga tenía que levantarse a las 10.30 para ir a trabajar a la casa de sus padres pero nunca apareció, ni tampoco llegó al cumpleaños que por la noche debía compartir con sus amigos.

Cuando llegaron al departamento encontraron muerta a Solange, en bombacha y musculosa y apuñalada. Según las pericias, la habían sorprendido durmiendo y la apuñalaron cruelmente. La principal sospecha que había contra Lucila era la hora, porque según uno de los peritos forenses la chica había sido asesinada durante la madrugada.

Sin embargo, el 12 de julio del 2011 el Tribunal Oral en lo Criminal 2 de San Isidro dictó la absolución de la joven, al sostener que las pruebas que se habían recolectado en la investigación eran endebles y no podían servir para condenar a la única acusada.

En un extenso análisis de 168 fojas, los magistrados fueron derrumbando uno a uno los indicios que llevaron a la Fiscalía a acusar a la joven y plantearon que el homicidio tuvo que haber ocurrido después de las 8, cuando Frend ya había abandonado la casa.

"Ante este cuadro probatorio es al menos antojadizo catalogar a la imputada de psicópata, o que ha sido mendaz o que haya realizado maniobras de encubrimiento del hecho o intentado desviar la investigación como sostiene la acusación", sino que parece que "todo indica lo contrario", sostuvo el fallo.

Los jueces también fustigaron con dureza la investigación del fiscal y los dichos de su testigo central, el médico Eugenio Aranda, el primero en llegar al lugar de los hechos y establecer la posible hora del crimen entre la 1 y las 7.

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