Así es el trámite para pedir el crédito a tasa cero para monotributistas y autónomos
Los principales bancos tendrán disponible desde este lunes en las cuentas de homebanking de sus clientes monotributistas y autónomos la opción de pedido de créditos a tasa cero por un monto de hasta $ 150.000, según califiquen y cumplan con los criterios fijados por el gobierno nacional para la asistencia a este sector ante la pandemia del coronavirus.
Debido a que los créditos podrán ser aplicados tanto por contribuyentes que estén o no bancarizados, será la propia AFIP la que disponga en qué bancos deberán cobrar el dinero cada contribuyente al que de corresponda.
Para evitar que deban concurrir a las sucursales bancarias, la AFIP proveerá a cada banco los datos de contacto de los beneficiarios -correo electrónico u otro- de modo que sea la entidad la que se contacte con el beneficiario para iniciar el proceso de apertura de cuenta y coordinar la entrega y habilitación de la tarjeta de crédito.
La operatoria de otorgamiento de estos créditos fue establecida el viernes pasado por el Banco Central (BCRA) a través de la Comunicación «A» 6993, en la que fijó que «desde el momento en que la solicitud sea presentada, la entidad financiera contará con hasta 2 días hábiles para proceder a la acreditación de la financiación».
El crédito será otorgado en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas con un máximo de $150.000 para las categorías D en adelante y de hasta $104.370 para la categoría C, mientras que la A y B no podrán acceder ya que tienen destinado los $10.000 del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE).
Todos los trabajadores monotributistas y autónomos que puedan acceder a los créditos de hasta $150.000 a tasa cero tendrán un banco asignado en el que hacer efectivo el uso del dinero, sin importar que no cuenten con con una cuenta bancaria o una tarjeta de crédito, explicaron a Télam fuentes bancarias.
Quienes cumplan con los requisitos informados por la AFIP para ser acreedores de la asistencia especial ante la caída en sus ventas producto del coronavirus, el organismo les informará mediante su domicilio electrónico (correo electrónico) cuál será el banco que tienen asignado para cobrar el préstamo.
La AFIP informará también a las entidades financieras, a través del Banco Central, quiénes son clientes que cada una estas tendrán asignados para depositarles el dinero en su cuenta corriente, en caso que quieran disponer de este.
Ya que estos préstamos se efectivizan a través de tarjetas de crédito, quien acceda a uno de estos préstamos y no sea titular de una tarjeta, el banco que le fue asignado le dará una en forma gratuita y no tendrá que abonar ningún mantenimiento durante los 18 meses -6 meses de gracia más 12 meses de pago en cuotas- que dure el crédito.
En el caso de que se trate de personas sin cuenta bancaria, para evitar que estas deban concurrir a las sucursales para abrir una cuenta, serán los bancos los que se contacten con el beneficiario vía domicilio electrónico para iniciar el proceso de apertura y coordinar la entrega y habilitación de la tarjeta.
Asimismo, el dinero al que accedan no podrá ser cobrado en efectivo ni tampoco utilizado para comprar dólares ni la la formación de activos externos y que, en caso de incumplir con esta normativa, la entidad bancaria podrá retirar los fondos de la tarjeta de crédito.
La acreditación funcionará como un aumento en el saldo limite para consumo en las tarjetas y, en caso de no agotarse el total asignado para el mes, podrá acumularse para los períodos siguientes hasta que se complete el gasto.
Es importante recordar que las entidades bancarias no podrán rechazar el pago a los clientes que le asigne la AFIP ni cobrar por la emisión de la tarjeta o su mantenimiento y que, a su vez, arbitrarán mecanismos necesarios para la distribución de las tarjetas.
