Dos fallos de la Corte reavivan el enfrentamiento con el kirchnerismo
La Corte Suprema de Justicia dejó firme este jueves la condena a 13 años de prisión contra la dirigente kirchnerista Milagro Sala y en otra decisión ordenó tomarles juramento a los consejeros de la Magistratura por la Cámara de Diputados contrariando una resolución de oficialismo.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme este jueves la condena a 13 años de cárcel impuesta a Milagro Sala en la causa «Pibes Villeros», en la que se la acusó de «asociación ilícita» y «defraudación al Estado».
La Corte denegó el recurso extraordinario presentado por la defensa de la dirigente social jujeña y dejó así firme la condena del tribunal oral que la juzgó.
«El recurso extraordinario, cuya denegación motivó la presente queja, resulta inadmisible», dice la resolución del máximo tribunal
«No susceptible de revisión»
En el texto de la resolución, los magistrados apoyaron su decisión en que se trata de un litigio del ámbito de la justicia jujeña no susceptible de revisión «por la vía del recurso extraordinario».
«Es un criterio sostenido por esta Corte que la autonomía que la Constitución Nacional reconoce a las provincias requiere que se reserven a sus jueces las causas que en lo sustancial del litigio versen sobre aspectos propios de esa jurisdicción, en virtud del respeto debido a sus facultades de darse sus propias instituciones y regirse por ellas», señala la resolución.
Además, advierte que «en consonancia con esa premisa fundamental es que se ha resuelto, reiteradamente, que los pronunciamientos por los cuales los más altos tribunales provinciales deciden acerca de los recursos locales que son llevados a su conocimiento no son susceptibles de revisión por la vía del recurso extraordinario».
Los jueces plantearon como excepción a esa premisa «que se demuestre una lesión a un derecho de raigambre federal o que la sentencia, por sus graves defectos de fundamentación o razonamiento, no constituya una derivación razonada del derecho vigente, aplicado a las circunstancias de la causa».
El fallo está firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda.
La Corte Suprema tenía pendiente desde marzo de 2020 la apelación de la fundadora de la Túpac Amaru a esta condena, dictada por la Justicia jujeña, a 13 años de prisión por presunta defraudación de fondos públicos, indicó la agencia Télam.
Consejo de la Magistratura
También este jueves la Corte Suprema dispuso que se les tomen los juramentos de ley a los representantes de la Cámara de Diputados en el Consejo de la Magistratura, los oficialistas Vanesa Siley y Rodolfo Tailhade, y los opositores Álvaro González y Roxana Reyes.
El máximo tribunal resolvió de manera unánime la asunción en los cargos de los diputados, pese a que hay al menos dos causas judiciales en las que están cuestionadas las designaciones por el juego de mayorías y minorías en la Cámara baja.
“Lo que aquí se dispone es sin perjuicio de lo que pudiera decidirse en definitiva en las causas”, aclararon los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti.
La resolución explica que la Corte “tiene el deber constitucional de adoptar las medidas apropiadas para evitar la eventual paralización del Consejo de la Magistratura”.
“En ese sentido, debe propender a la integración y funcionamiento del órgano de conformidad con la Constitución Nacional en el menor tiempo posible y garantizando la seguridad jurídica”, añadieron, según consignó la agencia NA.
En ese contexto, formuló una advertencia a la presidencia de la Cámara de Diputados: “los distintos estamentos que conforman el Consejo de la Magistratura tienen el deber constitucional y legal de designar a sus respectivos representantes”.
“La demora o el incumplimiento de ese deber no pueden retrasar, frustrar o paralizar el funcionamiento de dicho órgano constitucional”, subrayó el documento.
La Corte descalificó la decisión de la presidenta de la Cámara baja, Cecilia Moreau, de suspender la designación de los consejeros, ya que se trató de “una decisión tomada sin la propuesta de los respectivos bloques”.
