Ley de Medios y Magistratura: La Corte y un momento decisivo.
La Corte Suprema de Justicia debe resolver la elección del Consejo de la Magistratura y este viernes se agregó la causa por la inconstitucionalidad de la Ley de Medios.
Al mismo tiempo el máximo tribunal debe resolver, tras el per saltum presentado por el Gobierno, la inconstitucionalidad de la elección popular de los integrantes del Consejo de la Magistratura. Ese pronunciamiento se conocería la semana que viene antes del feriado largo.
Se trata de dos leyes clave para el Gobierno que quedan en manos de la Corte, que desde fines de 2012 está en la mira de Cristina y que pretende acotar en sus funciones con la reforma judicial. Ese tribunal tuvo fallos contrarios al kirchnerismo en casos como los fondos de la Anses, la causa Clarín y sobre el predio de la Rural.
Pero ahora tiene que resolver la validez de dos leyes que para el Gobierno son cruciales y una resolución contraria podría agravar la relación de la Corte con el kirchnerismo y producir una ruptura definitiva.
En el oficialismo sería leído como un freno al combate contra las corporaciones (Ley de Medios) y una negativa al intento democratizador del ámbito judicial (reforma judicial).
Sobre la primera norma, la causa promovida por el Grupo Clarín en contra la de la Ley de Medios Audiovisuales llegó a la Corte Suprema de Justicia que deberá resolver si declara constitucionales o no los artículos objetados ante la justicia por el multimedios.
El expediente quedó en las puertas de una resolución definitiva luego de que la Cámara Civil y Comercial Federal hiciera lugar a las apelaciones presentadas por el Gobierno y el multimedios en contra de un fallo de ese tribunal, que el 17 de abril último declaró inconstitucionales varios artículos de la norma.
Según el fallo de la Sala I de la Cámara, que publicó hoy el Centro de Información Judicial (CIJ), los jueces Francisco De las Carreras, Ricardo Guarinoni y María Najurieta aceptaron los recursos extraordinarios que presentaron las partes, tanto el Poder Ejecutivo y la Autoridad Federal del Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) como el multimedios, para que sea el máximo tribunal quien resuelva la cuestión.
La Cámara, primero a través de una cautelar y luego en un fallo sobre la cuestión de fondo, revirtió en abril la resolución de primera instancia en que el juez Horacio Alfonso consideró constitucional las limitaciones al tope de licencias por entender que no afectan la libertad de expresión, que es el derecho constitucional tutelado.
La Corte ya ha expresado su disposición a fallar en esta controversia, aunque no tiene plazos para hacerlo y antes debe contar con un dictamen no vinculante de la procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó.
El fallo de la Sala I recurrido declaró inconstitucional el límite a las licencias de televisión por cable establecido en el apartado segundo del artículo 45, que fija el máximo del 35 por ciento del mercado en manos de un solo operador.
En cambio avaló la facultad del Estado para intervenir en las licencias de televisión abierta que se emite a través del espacio radioeléctrico y tampoco objetó el plazo de adecuación de un año a la llamada “cláusula anti monopólica”, que ya se encuentra vencida.
La Cámara también declaró inconstitucional el artículo 48 referido a “prácticas de concentración indebida” respecto a que la multiplicidad de licencias adquiridas antes de la sanción de la ley, al sostener que viola los derechos de propiedad y de libertad de expresión.
El tribunal decidió que el Grupo Clarín podrá seguir siendo titular de todas sus licencias de cable, por lo que el único límite que se le establece es no sumar más de diez licencias de aire y radio en todo el país.
En cambio, consideraron constitucional las normas de transferencia de licencias del articulo 41, además de la potestad del Estado de distribuir el espectro radioeléctrico presente en el punto 45 de la ley aprobada en 2009.
