Los deudores alimentarios ya tienen prohibido entrar a casinos en provincia de Buenos Aires

El gobierno bonaerense promulgó la ley que impide el ingreso a salas de juego a los deudores alimentarios morosos por adeudar 4 cuotas consecutivas o 5 alternadas.

Los establecimientos de juego de azar de la provincia de Buenos Aires deberán implementar desde ahora un nuevo control en sus accesos. Este martes, el gobierno bonaerense promulgó la Ley 15.589 que prohíbe terminantemente el ingreso a casinos, salas de juego y bingos a todas las personas que figuren inscriptas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. La norma, que había sido sancionada semanas atrás por la Legislatura provincial, establece un mecanismo de corresponsabilidad entre el Estado y los operadores del juego para reforzar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias.

La iniciativa tuvo su origen en un proyecto presentado por el diputado bonaerense de Unión por la Patria, Germán Di Césare, y obtuvo aprobación legislativa en noviembre de este año tras un debate que puso el foco en la necesidad de sumar sanciones indirectas pero efectivas para desalentar conductas de incumplimiento que afectan directamente la calidad de vida de niños, niñas y adolescentes que dependen de esas prestaciones. El objetivo central de la iniciativa es garantizar el cumplimiento de las cuotas alimentarias y reforzar la protección de los derechos de este sector vulnerable de la población.

Los criterios que definen al deudor alimentario

La ley establece que la restricción alcanza a las personas que registren tres cuotas consecutivas o cinco alternadas impagas, el mismo criterio que actualmente utiliza la Justicia bonaerense para determinar la condición de deudor alimentario moroso. Esta coherencia entre el sistema judicial y las nuevas medidas administrativas busca asegurar uniformidad en la aplicación de la normativa y evitar interpretaciones contradictorias sobre quiénes deben ser alcanzados por la prohibición.

El artículo primero de la norma establece la prohibición expresa de ingreso a establecimientos de juego para quienes figuren en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, mientras que el artículo segundo remite a la definición de deudor alimentario prevista en la Ley 13.074 y sus modificatorias. Esta articulación normativa permite incorporar la nueva restricción dentro del marco legal ya existente sobre obligaciones alimentarias en territorio bonaerense.

Las obligaciones de casinos y salas de juego

Uno de los puntos centrales de la normativa es que asigna responsabilidades concretas a los operadores de juegos de azar. La ley dispone que el Poder Ejecutivo provincial deberá garantizar a los concesionarios de casinos, salas de juego y bingos el acceso al Registro de Deudores Alimentarios Morosos, con el fin de que puedan verificar la situación de cada persona antes de autorizar su ingreso. A su vez, los titulares de los establecimientos estarán obligados a realizar esa consulta y negar el acceso en caso de que la persona figure en el registro.

En caso de incumplimiento por parte de los establecimientos, la normativa prevé sanciones que van desde el apercibimiento hasta multas de entre 10 y 100 salarios mínimos, vitales y móviles, según la gravedad de la falta o la reincidencia. La autoridad de aplicación será designada por el Poder Ejecutivo y tendrá a su cargo la supervisión y el control del cumplimiento de la ley, configurando así un sistema de vigilancia estatal sobre la implementación efectiva de la restricción.

El fundamento en los derechos de niños y adolescentes

Durante el debate legislativo, el impulsor de la iniciativa, Germán Di Césare, sostuvo que la medida busca sumar un nuevo mecanismo de control para asegurar el pago de las obligaciones alimentarias, complementando las herramientas ya existentes en el ámbito judicial. En ese sentido, remarcó que las actividades de juego de azar pueden representar un riesgo para la economía personal y familiar, por lo que la restricción apunta a priorizar responsabilidades económicas esenciales por sobre gastos de entretenimiento.

En los fundamentos del proyecto, el legislador también hizo referencia a la Convención sobre los Derechos del Niño, que establece la obligación de los Estados de garantizar condiciones adecuadas para el desarrollo integral de las infancias y de adoptar medidas para que las personas responsables de su manutención cumplan con esas obligaciones. Esta perspectiva incorpora principios internacionales de derechos humanos al marco regulatorio provincial.

La articulación con el Código Civil y Comercial

La normativa se apoya también en el Código Civil y Comercial de la Nación, que establece que las obligaciones alimentarias se extienden, como regla general, hasta los 21 años, y en determinados supuestos hasta los 25 años. Germán Di Césare subrayó en los fundamentos que el cumplimiento regular de esas prestaciones «resulta indispensable para garantizar condiciones de vida dignas y el pleno desarrollo de quienes dependen económicamente de ellas».

Desde esta perspectiva, la ley no apunta únicamente a sancionar, sino también a generar incentivos para el ordenamiento económico de los individuos registrados como deudores alimentarios, al impedirles el acceso a actividades recreativas asociadas al juego mientras mantengan incumplimientos que afectan derechos esenciales de terceros. Esta dimensión preventiva busca modificar conductas antes de que se requiera intervención judicial coercitiva.

Los plazos para la implementación

La norma deberá ser reglamentada dentro de los 90 días desde su promulgación, plazo en el cual el Poder Ejecutivo provincial deberá definir los procedimientos operativos para su aplicación. Este período permitirá establecer los mecanismos técnicos para que los casinos y salas de juego accedan al Registro de Deudores Alimentarios Morosos, así como diseñar los protocolos de verificación que deberán implementar en sus ingresos.

Con esta ley, la provincia de Buenos Aires incorpora una nueva herramienta para fortalecer el sistema de resguardo de derechos de niños, niñas y adolescentes y desalentar el incumplimiento de las obligaciones alimentarias. La promulgación se inscribe en una agenda más amplia, orientada a fortalecer el Registro de Deudores Alimentarios Morosos como herramienta efectiva, sumando restricciones en distintos ámbitos de la vida social y económica, con el objetivo de que el incumplimiento alimentario deje de ser una falta sin consecuencias prácticas inmediatas para quienes incurren en ella.

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